Estaba leyendo las últimas noticias cuando leí en Kriptópolis y en ¡A las barricadas! la sentencia que en primera instancia condena a este blog a 6.000 euros y crea un peligroso precedente en nuestro país que, estoy seguro, llevará a muchos a plantearse si merece la pena mantener un blog o una web en la Red.
Te recomiendo que le eches un vistazo a la sentencia que, aunque en mi opinión favorece excesivamente a la SGAE, José Ramón Julio Martínez y la LSSI, te puede ayudar a entender un poco qué ocurrió, por qué ocurrió y cuál ha sido el desenlace en el primer round, dado que la sentencia va a ser recurrida.
Reconozco que cuando leí la sentencia poco después de que se diera a conocer, intenté pensar en positivo y meditar con detenimiento qué y cómo iba a escribir lo que estás leyendo, pero también pensé que, si bien el hecho sienta un mal precedente, todo no está perdido y tampoco creo que sea necesario rasgarse las vestiduras ni cortarse las venas porque es sólo el comienzo y quedan los recursos. Veamos:
Básicamente la sentencia viene a decir que si alguien coloca un comentario en tu blog/web y otro alguien considera lesionado su derecho al honor, éste puede denunciar al responsable del blog/web y no al autor del comentario.
Usando un ejemplo simplista, imagínate que tu eres el dueño de un bar y uno de tus clientes se mete con un político, entrenador, personaje público o vecino. Alguien se entera, se lo dice al insultado, denuncia el hecho y la justicia te empura a tí como dueño del local donde se han proferido los comentarios. Es surrealista, ¿verdad? Pues eso mismo es lo que ha ocurrido con la sentencia.
Sería necesario separar por una parte el capítulo correspondiente a la intromisión del derecho al honor, en el que no entraremos y la parte de la sentencia relativa a la LSSI en la que si entraré para decir que si esperan que con leyes de este tipo despegue alguna vez la Sociedad de la Información, Internet y las nuevas tecnologías en España, es mejor que se dediquen a otra cosa.
A veces nos quejamos de lo que ocurre en USA, pero he consultado con mi amigo y colega Dabloguiman de Los Blogueros.net que está en Washington y allá ocurre justo lo contrario. Hay inmunidad absoluta para los bloggers sobre los comentarios que se publiquen.
Lo positivo del caso es el aluvión de muestras de solidaridad, entre las que me incluyo que han recibido y siguen recibiendo los colegas de ¡A las barricadas! La guerra en este ámbito será larga y difícil, pero confío en que venceremos y podremos disfrutar de leyes acordes con un país que, según dicen está entre los más importantes y avanzados en materia de derechos. De la vivienda, salarios dignos, atropellos institucionales, etc, mejor no hablar.
Esperaremos la resolución del recurso y si no se admite, a por la instancia superior y así sucesivamente hasta llegar a donde sea necesario para que este atropello a la libertad de expresión no convierta a nuestro país en el hazmerreír de Europa y del mundo.
Seguramente esta sentencia dará mucho de sí. Por ello te pego el enlace a Blog Search en donde podrás encontrar todos los blogs que hablan del tema.
La imagen corresponde a una viñeta alegórica de J.R. Mora sobre la controvertida ley.
Te recomiendo que le eches un vistazo a la sentencia que, aunque en mi opinión favorece excesivamente a la SGAE, José Ramón Julio Martínez y la LSSI, te puede ayudar a entender un poco qué ocurrió, por qué ocurrió y cuál ha sido el desenlace en el primer round, dado que la sentencia va a ser recurrida.
Reconozco que cuando leí la sentencia poco después de que se diera a conocer, intenté pensar en positivo y meditar con detenimiento qué y cómo iba a escribir lo que estás leyendo, pero también pensé que, si bien el hecho sienta un mal precedente, todo no está perdido y tampoco creo que sea necesario rasgarse las vestiduras ni cortarse las venas porque es sólo el comienzo y quedan los recursos. Veamos:
Básicamente la sentencia viene a decir que si alguien coloca un comentario en tu blog/web y otro alguien considera lesionado su derecho al honor, éste puede denunciar al responsable del blog/web y no al autor del comentario.
Usando un ejemplo simplista, imagínate que tu eres el dueño de un bar y uno de tus clientes se mete con un político, entrenador, personaje público o vecino. Alguien se entera, se lo dice al insultado, denuncia el hecho y la justicia te empura a tí como dueño del local donde se han proferido los comentarios. Es surrealista, ¿verdad? Pues eso mismo es lo que ha ocurrido con la sentencia.
Sería necesario separar por una parte el capítulo correspondiente a la intromisión del derecho al honor, en el que no entraremos y la parte de la sentencia relativa a la LSSI en la que si entraré para decir que si esperan que con leyes de este tipo despegue alguna vez la Sociedad de la Información, Internet y las nuevas tecnologías en España, es mejor que se dediquen a otra cosa.
A veces nos quejamos de lo que ocurre en USA, pero he consultado con mi amigo y colega Dabloguiman de Los Blogueros.net que está en Washington y allá ocurre justo lo contrario. Hay inmunidad absoluta para los bloggers sobre los comentarios que se publiquen.
Lo positivo del caso es el aluvión de muestras de solidaridad, entre las que me incluyo que han recibido y siguen recibiendo los colegas de ¡A las barricadas! La guerra en este ámbito será larga y difícil, pero confío en que venceremos y podremos disfrutar de leyes acordes con un país que, según dicen está entre los más importantes y avanzados en materia de derechos. De la vivienda, salarios dignos, atropellos institucionales, etc, mejor no hablar.
Esperaremos la resolución del recurso y si no se admite, a por la instancia superior y así sucesivamente hasta llegar a donde sea necesario para que este atropello a la libertad de expresión no convierta a nuestro país en el hazmerreír de Europa y del mundo.
Seguramente esta sentencia dará mucho de sí. Por ello te pego el enlace a Blog Search en donde podrás encontrar todos los blogs que hablan del tema.
La imagen corresponde a una viñeta alegórica de J.R. Mora sobre la controvertida ley.
3 comentarios:
No se en que estan pensando los jueces la verdad, no tienen ni idea de como funciona la red.
Es decir, que si ahora me cago en los muertos de Menganito, y dijo que es un hijo de puta, lo puedo decir sin miedo porque al que van a procesar a a FranJ por permitirlo ¿no? Curioso, curioso...
He leido el artículo y la sentencia y ,al igual que otra gente, no veo que la condena sea por la LSSI, en el sentido de la identificación del responsable de contenidos de la web. Si se cita en el documento, pero los 6000€ son por el "ataque al honor" y demás. De todas formas, con la ley en la mano, hay que decir que el responsable de un comentario insultante es quien lo hace, porque, aunque alguien se meta con el rey/Dios/el Papa/Aznar/Zapatero.... en tu blog, es un juez quien debe decidir que ese comentario es una falta o delito y notificarlo. En ese caso, sí se debería retirar de la web, pero esta situación (creo) no se ha dado en ¡A las barricadas!, por lo que tampoco entiendo la decisión judicial (aunque para eso están los recursos).
Lo del precedente de la LSSI es algo de lo que hablé alguna vez, (no se si en el maratón podcastero o con Pepe-Ramón) pero es cierto que la ley obliga a que el responsable de una web se identifique completamente (es decir, que deje en la web sus datos personales), lo que, a mi modo de ver, no deja de ser un ataque contra el anonimato de la red.
Hala, ya he presentado mi solicitud de cambio de nombre en el registro (he pedido Ozé-Ramón)
Al final legislarán la opinión y nos dirán a quién podemos criticar y cómo.
En el caso de insultos ya existen códigos y leyes suficientes de las que echar mano si tener que recurrir a la nefasta LSSI
Pero esto ya lo ha explicado muy bien explicado "HiZaá"
:D
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